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antidoping

Antidoping en orina de 3 y 5 elementos.

Las pruebas antidoping son utilizadas para detectar drogas ilegales o medicamentos, a través de una prueba de orina, un método sencillo, confiable y práctico.

Así mismo la NOM-030-STPS-2009, menciona la elaboración de estos, como parte del programa de promoción para la salud de los trabajadores y la prevención integral de adicciones.

Exámenes médicos de selección

El Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, publicado por la STPS en el D.O.F. el 13 de noviembre de 2014 y que entró en vigor el 15 de febrero de 2015, establece la obligación de que en los Centros de Trabajo se realice examen médico a los trabajadores.
Este Reglamento es el complemento de la NOM-030-STPS-2009, la cual indica el seguimiento de salud de los trabajadores a través de exámenes médicos.

Los Exámenes médicos de selección son aquellos que tienen como objetivo determinar las condiciones de salud física y mental de los candidatos, verificando que sea la adecuada para el puesto de trabajo.

Se componen de diferentes estudios, los cuales se determinan por el puesto de trabajo y de acuerdo a los requerimientos exigidos por la empresa solicitante.

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Exámenes médicos periódicos:

Un examen médico periódico es aquel que se realiza con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo o agentes contaminantes, e identificar en forma oportuna posibles alteraciones temporales, permanentes del estado de salud del trabajador, ocasionadas por la exposición al ambiente de trabajo.

El examen médico ocupacional periódico se le debe realizar a todos los trabajadores en función del tipo, magnitud y frecuencia de exposición a cada factor de riesgo, así como al estado de salud del trabajador. A pesar de que la periodicidad de estas pruebas es determinada por un médico ocupacional, generalmente se sugiere que se realice anualmente para el personal de producción.

Exámenes médicos especiales:

Son aquellos exámenes a los cuales los trabajadores son sometidos cuando van a realizar alguna actividad considerada como peligrosa: Trabajos en alturas, trabajos espacios confinados, trabajos con electricidad, soldadura y corte.

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Toma de audiometrías (NOM-011-STPS-2001)

Dando cumplimiento al Artículo 33 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el trabajo.
Artículo 33. Con motivo de la exposición de los trabajadores al ruido que se genere en los Centros de Trabajo, los patrones deberán:
I. Contar con un programa específico de conservación de la audición del Personal Ocupacionalmente Expuesto;
II. Realizar el Reconocimiento del ruido en todas las áreas donde haya trabajadores potencialmente expuestos;
III. Colocar señalamientos de uso obligatorio de Equipo de Protección Personal auditivo en las áreas donde sea requerido;
IV. Efectuar la Evaluación del ruido en todas las áreas donde haya Personal Ocupacionalmente Expuesto;
V. Implementar Medidas de Control, cuando el nivel de exposición al ruido rebase los valores límite que correspondan;
VI. Proporcionar el Equipo de Protección Personal auditivo al Personal Ocupacionalmente Expuesto;
VII. Practicar exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto;
VIII. Informar y orientar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a ruido y sobre la forma de evitarlas o atenuarlas;
IX. Capacitar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre las prácticas de trabajo seguras y las Medidas de Control, y
X. Llevar los registros sobre el Reconocimiento, Evaluación y Control efectuados, y los exámenes médicos practicados.

Toma de espirometrías (NOM-010-STPS-1994)

Dando cumplimiento al Artículo 40 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el trabajo.

Artículo 40. Con motivo de la exposición de los trabajadores a agentes químicos capaces de alterar su salud, los patrones deberán:
I. Contar con un estudio de los contaminantes químicos del ambiente laboral;
II. Efectuar el Reconocimiento de los contaminantes químicos del ambiente laboral;
III. Colocar señalamientos de precaución, obligación y prohibición en las áreas donde exista exposición a agentes químicos contaminantes;
IV. Realizar la Evaluación sobre la concentración de los contaminantes químicos del ambiente laboral con la frecuencia requerida;
V. Instaurar Medidas de Control para no exponer a los trabajadores a concentraciones superiores a los valores límite que establece la Norma respectiva;
VI. Proporcionar el Equipo de Protección Personal específico al Riesgo para proteger al Personal Ocupacionalmente Expuesto;
VII. Practicar exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto;
VIII. Informar a los trabajadores sobre los Riesgos a la salud por la exposición a los contaminantes químicos del ambiente laboral;
IX. Capacitar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre el manejo y Control de los contaminantes químicos del ambiente laboral, y
X. Llevar los registros sobre el Reconocimiento, Evaluación y Control efectuados, y los exámenes médicos practicados.

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Toma de electrocardiogramas (NOM-012-STPS-2012)

Es una prueba que registra la actividad eléctrica del corazón que se produce en cada latido cardiaco. Esta actividad eléctrica se registra desde la superficie corporal del paciente y se dibuja en un papel mediante una representación gráfica o trazado, donde se observan diferentes ondas que representan los estímulos eléctricos de las aurículas y los ventrículos.

Se usa para medir el ritmo y la regularidad de los latidos, el tamaño y posición de las aurículas y ventrículos, cualquier daño al corazón y los efectos que sobre él pueden tener ciertos fármacos o dispositivos implantados en el corazón (como marcapasos).

Son elaborados en trabajadores con perfil administrativo y aquellos que están expuestos a radiaciones ionizantes.

Cuestionario nórdico (NOM-036-1-STPS-2018)

Dando cumplimiento al Artículo 42 del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el trabajo.

Artículo 42. En relación con los Factores de Riesgo Ergonómico del Centro de Trabajo, los patrones deberán:
I. Contar con un análisis de los Factores de Riesgo Ergonómico de los puestos de trabajo expuestos a los mismos;
II. Adoptar medidas preventivas para mitigar los Factores de Riesgo Ergonómico en sus instalaciones, maquinaria, equipo herramientas del Centro de Trabajo;
III. Practicar exámenes médicos al Personal Ocupacionalmente Expuesto;
IV. Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los Factores de Riesgo Ergonómico;
V. Capacitar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre las prácticas de trabajo seguras, y
VI. Llevar los registros sobre las medidas preventivas adoptadas y los exámenes médicos practicados.
El Cuestionario Nórdico concentra sus preguntas en los síntomas que se encuentran con mayor frecuencia en los trabajadores que están sometidos a exigencias físicas, especialmente aquellas de origen biomecánico.

Consulta médica

La consulta está orientada al abordaje integral del paciente en su aspecto físico, mental y social. Para realizar el diagnóstico y tratamiento de diferentes patologías comunes de manera ambulatoria y derivar al especialista indicado cuando corresponda.

Estos servicios pueden ser solicitados sin la necesidad de que ingreses a consulta médica:

  • Toma de presión arterial
  • Toma de glucosa en sangre
  • Aplicación inyección intramuscular* (Indispensable presentar receta médica).

Toma de radiografía

La radiografía es un estudio indoloro, cuyo objetivo es la creación de imágenes de las estructuras internas, utilizando rayos X, u otras ondas físicas.

Se utiliza con fines diagnósticos, medidas preventivas y propósitos terapéuticos.

Estudios de laboratorio

Toma de estudios de laboratorio de perfil básico.

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